La revisión constitucional cuando se trata de sentencias definitivamente firmes que han violado normas constitucionales o bien alguno de sus criterios jurisprudenciales.
El avocamiento permite que la Sala Constitucional en casos específicos, solicitar, de oficio o a petición de parte, una causa penal en curso, de avocarla y pasar directamente a revisarla con el propósito determinar si hay un grave desorden procesal o violaciones de orden público constitucional.
Por su especialidad y carácter restrictivo, es necesario verificar con urgencia los vicios constitucionales presentes en el expediente para posteriormente verificar las estrictas condiciones de admisibilidad de ley y las que ha establecido la Sala Constitucional en su jurisprudencia.
La nulidad de leyes nacionales y estadales, así como ordenanzas, cuando son contrarias a la Constitución.
El amparo constitucional Para la restitución expedita de sus derechos constitucionales incluso los colectivos o difusos, vulnerados por actos u omisiones.
La interpretación de normas y principios que integran el sistema constitucional.
La colisión de normas legales para determinar la que debe prevalecer.
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“El Tribunal Supremo de Justicia garantizará la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales; será el máximo y último interprete de esta Constitución ...”